Guía para cobrar una herencia y no perderse en un mar de trámites

La académica de UDLA se refiere a la herencia, que en el caso de Chile tiene un orden de sucesión establecido por ley. Señala que en el primer orden heredarán "los hijos, el cónyuge o el conviviente civil", es decir, con quien se firmó el Acuerdo de Unión Civil.